lunes, 24 de julio de 2017

Algunas cosas sobre vuestro permiso de vacaciones por boda

Si estáis en plena organización de vuestra boda, seguro que vais a tener muchas preguntas sobre el permiso de vacaciones por boda.  Numerosos periódicos se han hecho eco de incumplimientos por parte de las empresas, e incluso desinformaciones. ¡No os preocupéis! Ahora os despejamos las dudas más frecuentes.
Probablemente estáis inmersos en los preparativos de vuestra boda y seguro que tenéis listos esos detalles de boda con los que asombrar a familiares y amigos, esas fantásticas canciones para bodas que sonarán en vuestro link y  seguro que has dado con el vestido para novia de tus sueños. Mas, recordáis de temas como el permiso de vacaciones por boda. ¿Cuántos días os tocan?, ¿en qué momento comienzan a contar?, ¿se pierden si coinciden con las vacaciones veraniegas?, ¿son vacaciones pagadas? Estas y más son ciertas preguntas más frecuentes que los novios se proponen sobre el permiso de vacaciones por boda. Para despejar las dudas más frecuentes, os aclaramos los puntos básicos que debéis tomar en consideración al pedir el permiso de vacaciones por matrimonio en vuestro trabajo.

 1. ¿Qué es el permiso por matrimonio?

El matrimonio es un evento único en la vida de cualquier persona y de esta manera lo considera el derecho civil y laboral de este país, dando un permiso singular de vacaciones para la boda. Según Aguasdelnarcea, este permiso por matrimonio es un derecho del que todos y cada uno de los trabajadores disponen, recogido en el artículo trescientos setenta y tres del Estatuto de los Trabajadores. Frecuentemente es un tema del que ignoran muchas cosas.

De manera coloquial se puede acotar como algo afín a unas “vacaciones pagadas” por la compañía por el mero hecho de que contraemos matrimonio. Judicialmente hablando se trata de un permiso laboral remunerado que le pertenece al trabajador por unirse legalmente a su pareja. Es indiferente si la boda es civil o bien religiosa, en ambos casos podemos acudir al defensor.

dos. ¿Cuántos días de asueto me tocan?

El Estatuto de los Trabajadores establece que quien vaya a casarse está en su derecho a gozar de un reposo de quince días naturales. Cuando este texto emplea el término naturales, se refiere a que cuentan todos y cada uno de los días desde el instante en que tiene sitio el link. Esto es, que se computan asimismo cada sábado, domingos y festivos. Es interesante tener en consideración el acuerdo colectivo de tu empresa. En él se establecen asimismo cuantos días de permiso nos tocan. En general acostumbran a ser quince días naturales, mas hay algunos convenios en los que estos días pueden cambiar para mejor. Si ya habéis terminado de hacer vuestra play list de canciones románticas para bodas o bien habéis decidido que ideas de decoración para la boda son las más convenientes para tus convidados y tenéis ya más tiempo libre, dedicaros a investigar el tema, sobre todo en lo que se refiere a la compañía en la que trabajáis.

tres. ¿En qué momento puedo gozar de este permiso de matrimonio?

Si bien os caséis en un día de asueto, vuestros quince días empiezan a contar desde el primero de los días laborable. Esto es, si os casáis un sábado y suponiendo que vuestros días de asueto sean sábado y domingo, los quince días empezarán a contar desde el primer día de la semana. Este tema absolutamente nadie os lo puede discutir, puesto que existe jurisprudencia con la sentencia del Tribunal Supremo de data doce de mayo de dos mil nueve. En ella se señala que el periodo para gozar de este permiso empieza desde el primero de los días laborable para el trabajador.

cuatro. ¿Todos y cada uno de los contratos gozan de exactamente los mismos días de celebración? 

Sí, como es natural y también con independencia del género de contrato con vuestra empresa (indefinido, a tiempo parcial, o bien reducción de jornada) tenéis derecho a quince días de permiso.

cinco. ¿Y si los 2 o bien uno de los 2 somos autónomos?

Si eres autónomo por cuenta propia, puedes gozar de los días de asueto que desees, mas no vas a tener ninguna retribución. Ahora bien, si eres un autónomo a nivel económico dependiente (recibes por lo menos el setenta y cinco por ciento  de tus ingresos de un solo usuario) estás en tu derecho a un total de dieciocho días de vacaciones no remuneradas por año. Si te coges diez días, solo dispondrás el resto del año de ocho días más de celebración.

seis. ¿Este permiso de quince días es remunerado?

La contestación es sí. El permiso por matrimonio es un derecho remunerado del que todos y cada uno de los trabajadores disponen y al que la compañía no puede negarse.

siete. ¿En qué momento y de qué manera debo informar a la compañía?

La única mención que se hace en el Estatuto de los Trabajadores es que para poder gozarlo debe informarse anteriormente a la compañía. Como las bodas en general se organizan con tiempo, lo antes posible mejor. Es recomendable hacerlo por lo menos con quince días de antelación a fin de que en tu trabajo puedan organizarse. En lo que se refiere a de qué forma comunicarlo la ley tampoco lo detalla. En función de tu puesto en la compañía se puede hacer verbalmente o bien por escrito. Y a la vuelta de la luna de miel ¡presenta el acta de matrimonio o bien el libro de familia donde consta la data de vuestra boda!

ocho. ¿Se puede mudar la data del permiso de vacaciones?

Lo normal es que el permiso por boda se disfrute inmediatamente después de la boda, puesto que se comprende que es para la luna de miel. Mas, si la compañía lo autoriza, se pueden postergar estos días de reposo, para gozarlos cuando más convenga.

nueve. ¿Y lo puedo unir con las vacaciones?

Es posible unir el permiso de vacaciones por boda con las vacaciones anuales que te correspondan legalmente, si la celebración tiene sitio justo antes que comience tu reposo anual. Si no fuera de este modo, asimismo se podrían unir, siempre y en toda circunstancia conforme con la compañía. Intenta que el permiso por matrimonio no coincida con las vacaciones anuales, puesto que vais a perder los días en que los dos coincidan. ¿Un truco? Si planeas casarte el año próximo, primero da el aviso de la boda y después el de las vacaciones. Si puedes hacerlo, ¡felicitaciones! Comienza a hacer las maletas, sin olvidar llevarte evidentemente ese fantástico vestido de celebración corto y de tu play list preferida de esas canciones para el vídeo de la boda.

diez. ¿Se puede gozar de un segundo permiso de vacaciones en el caso de segundas nupcias?

Si la persona con la que se contrae matrimonio es diferente de la precedente, está tolerado pedir nuevamente el permiso. Mas si te volvieses a desposar con exactamente la misma persona (por poner un ejemplo, la primera vez fue por lo civil y deseáis regresar a casaros por la Iglesia, o bien al contrario), la compañía no va a estar obligada a entregar un segundo permiso por matrimonio, pues los días de permiso se dan por gozados.

once. ¿Qué sucede si somos pareja en verdad? 

En el caso de las parejas en verdad, el Estatuto de los Trabajadores no contempla este permiso. No obstante, sí que en muchos convenios colectivos o bien en leyes concretas de las Comunidades Autónomas, se compara la figura de la pareja en verdad a la del matrimonio, otorgándole exactamente los mismos días de permiso. 

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